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	<title>Prevención y Reinserción Social &#8211; 8 Columnas</title>
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		<title>CODHEM emite recomendación por muerte de interna en penal de Nezahualcóyotl</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ocho Columnas]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 May 2025 17:44:46 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Redacción La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM) emitió la Recomendación 01/2025, dirigida al secretario de Seguridad, al subsecretario de Control Penitenciario y al director general de Prevención y Reinserción Social del Estado de México, por vulneraciones a los derechos humanos de víctimas directas e indirectas, particularmente, del Derecho a la protección [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Redacción</strong></p>
<p>La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM) emitió la Recomendación 01/2025, dirigida al secretario de Seguridad, al subsecretario de Control Penitenciario y al director general de Prevención y Reinserción Social del Estado de México, por vulneraciones a los derechos humanos de víctimas directas e indirectas, particularmente, del Derecho a la protección de la salud en un contexto de la privación de la libertad y al Derecho a la promoción de la salud en un contexto de reinserción social.</p>
<p>Derivado del análisis del expediente de queja la CODHEM documentó, como parte de su investigación, que una mujer privada de la libertad, quien padecía de hepatitis tipo B autoinmune, falleció dentro de su celda, no obstante que contaba con atención médica básica dentro del Centro Penitenciario de Reinserción Social (CPRS), del municipio de Nezahualcóyotl, y con un tratamiento indicado por el Hospital General anteriormente fue atendida.</p>
<p>Los puntos recomendatorios del documento solicitan atención psicológica y/o tanatológica para la hermana y madre de la víctima; la inscripción en el Registro Estatal de Víctimas a las reconocidas como afectadas directas e indirectas en la Recomendación 01/2025, así como la distribución oportuna del personal médico en el área médica femenil del CPRS.</p>
<p>Igualmente, la CODHEM recomendó la reorganización o reestructuración de los espacios médicos para la reubicación de personas con emergencias de salud transitorias, la creación de un protocolo de actuación en casos de referencia y contrarreferencia de pacientes a instituciones médicas externas, así como de un programa de intervención respecto al tratamiento de enfermedades infecto-contagiosas.</p>
<p>Para el llenado correcto del expediente clínico, la autoridad responsable deberá instaurar una estrategia de mejora que asegure la observancia puntual de esta obligación y vigilar que se dé una capacitación continua en materia de derechos humanos que garantice la protección de la salud y la atención médica oportuna en el contexto penitenciario.</p>
<p>Al respecto, la investigación determinó tras el análisis de las constancias en el expediente clínico de la PPL, generado dentro del CPRS Neza Bordo, que no había sido llenado correctamente, conforme a lo establecido por la Norma Oficial Mexicana NOM 004-SSA3-2012 del expediente clínico, lo cual pudo haber tenido relevancia en la atención médica de segundo nivel que recibió la PPL víctima y por lo cual falleció en días posteriores.</p>
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