martes, noviembre 5, 2024
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Las amenazas serían consideradas como un delito en el Edoméx

Lilia González

Morena ha planteado dentro del Congreso tipificar el delito de amenazas, imponiendo una sanción de cinco días a un año de prisión o de 100 a 180 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien amenace a otro con causar u originar a él, a su familia o a otras personas con las que esté vinculado, algún tipo de daño o perjuicio.

Dentro de la propuesta, se indicó que el Código Penal mexiquense no contempla en su cuerpo legal el delito de amenazas, sino que únicamente lo considera como una agravante de otros delitos como: resistencia; violencia ejercida a través de las tecnologías de la información y la comunicación; violencia familiar y de género; extorsión; feminicidio, y delitos cometidos por servidores públicos de la procuración y administración de justicia.

“Es importante señalar que la entidad mexiquense es la única entidad en dicha situación. En consecuencia, no se tienen registros de denuncias de amenazas, pero tampoco existen políticas públicas para su prevención, atención y erradicación. Con base en lo anterior, resulta más que necesario legislar de manera urgente en la materia, con la intención de eliminar este rezago y el vacío legal que representa, mismo que deja en total estado de indefensión a la población que es víctima de este ilícito”, refirió el diputado Daniel Sibaja.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad (ENVIPE) 2022, en el año 2021 se generaron 28.1 millones de delitos que afectaron a más de 22 millones de víctimas, de estos, el 9.2 % se identificaron como amenazas verbales, posicionándose así, como el quinto delito con mayor incidencia a nivel nacional.

Ante lo anterior, se plantea adicionar el artículo 222, 223 y 223Bis al Código Penal del Estado de México, entre estos, se establecería que si el ofendido por el delito fuera alguna persona o pariente, se aumentará la pena que corresponda hasta una tercera parte; si el sujeto pasivo por la amenaza fuere víctima u ofendido o testigo en un procedimiento penal, la pena será de 4 a 8 años de prisión y de 100 a 300 días multa, y si el sujeto activo cumple su amenaza o exigió la comisión de un delito, se acumulará la sanción de ésta y la del delito que resulte.

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