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Piden crear el municipio de Atzingo

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FOTO: Especial

Lilia González

Pobladores de la comunidades tlahuicas de Ocuilan se dieron cita en la capital mexiquense para insistir a la Legislatura del Estado de México responder sobre su solicitud ingresada hace un año, en la cual piden crear el municipio de Atzingo.

Los pobladores refirieron que buscan hacer efectivo su derecho a determinar libremente su condición política y a buscar el desarrollo económico, social, cultural y ambiental mediante la constitución de un nuevo municipio.

Comentaron que la solicitud de creación del municipio fue acompañada por todos los documentos probatorios emitidos por las autoridades competentes, para demostrar que cumplen con los requisitos que establece la Ley y la Legislatura para decretarse la creación del municipio.

Se trata de al menos siete comunidades las que esperan independizarse de Ocuilan para crear el municipio 126: San Juan Atzingo, Loma de Teocalitzingo, Colonia Doctor Gustavo Baz, Santa Lucia, San José El Tótoc, El Capulín y Tlaltizapan, reconocidas también como delegaciones municipales en al Bando Municipal de Ocuilan.

Cerca de las 13:00 horas de este martes llegaron las personas al primer cuadro de la capital, con pancartas en mano solicitaron a las y los actuales diputados locales informar sobre el avance que se lleva en la atención de su solicitud.

Aseguraron que no quitarán el dedo del renglón y continuarán emprendiendo manifestaciones para lograr conformar un nuevo municipio del Estado de México, cumpliendo hasta el momento con los requisitos para hacerlo.

De acuerdo con la Ley Reglamentaria, artículo 61 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, entre los requisitos legales para crear nuevos municipios se encuentra: remitir al Congreso su solicitud por escrito; un censo de población mayor de 40 mil habitantes, o menor, cuando los centros de población compartan un pasado histórico y cultural común, o tengan un territorio que conforme una unidad geográfica continua, o que por causas políticas, sociales, económicas o administrativas, ya no respondan a las necesidades de asociación en vecindad con el municipio al que pertenecen; cuenten con los recursos económicos suficientes para la administración pública municipal; que la cabecera municipal cuente con los inmuebles e instalaciones necesarios para el funcionamiento de los servicios públicos municipales; y que los centros de población que lo integren estén debidamente comunicados.

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