REDACCIÓN
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avanzó en el estudio de la Ley Federal Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, que prohíbe ganar más que el presidente Andrés Manuel López Obrador.
El ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Norma Lucía Piña Hernández se pronunciaron por el sobreseimiento, porque cesaron sus efectos, toda vez que el texto original de la norma impugnada ha tenido numerosas modificaciones y adiciones.
“El decreto legislativo que se impugna en estas acciones -de inconstitucionalidad- ha cesado integralmente en sus efectos, por lo que debe decretarse su sobreseimiento total”, señaló el ministro presidente Arturo Zaldívar al adelantar el sentido de su voto.
Al pronunciarse en contra de la propuesta del ministro Alberto Perez Dayán, que busca la invalidez de la ley, dijo que dicha disposición fue expedida el 5 de noviembre de 2018 para reglamentar los artículos 75 y 127 constitucionales en materia de remuneraciones de los servidores públicos federales.
No obstante, el 12 de abril pasado se publicó un decreto, en el que se modificaron sustativamente 15 de sus 17 artículos y se adicionó el Artículo siete bis.
En el primer día de análisis del proyecto de resolución sobre las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) e integrantes de la Cámara de Senadores, la ministra Esquivel Mossa se pronunció por declararla en la totalidad de las acciones con base en la causal por cesación de efectos.
Destacó que en la actualidad sólo subsisten tres preceptos intocados de su versión original, los artículos 4, 9 y 14, aunque en este momento, para la discusión de fondo, solo prevalecen dos de ellos, el 4 y el 9.
La ley que se analiza, argumentó, ya cambió, en términos porcentuales solo subsiste sin reforma o modificación menos de 12 por ciento del texto de la ley reclamada.
Al inicio se la sesión pública, y para responder al reclamo de los senadores, de que los ministros estaban impedidos para discutir la mencionada ley porque había intereses al tratarse de sus remuneraciones, el pleno negó que hubiera algún tipo de interés particular en el análisis.
Determinó que por regla general no hay impedimentos en acciones de inconstitucionalidad y consecuentemente es improcedente, infundado o inoperante la solicitud.
El estudio del proyecto de sentencia puesto a consideración del pleno y que propone declarar la invalidez de la ley, continuará mañana martes.