lunes, noviembre 4, 2024
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TEPJF da nuevo revés al “Plan B”

Rafael Rodríguez

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió este 22 de marzo de 2023 la inaplicación del artículo transitorio 17 del Plan B de la Reforma Electoral, mediante el cual se destituyó a Edmundo Jacobo como secretario ejecutivo del INE. La decisión se basó en que dicha disposición legal vulneraba la autonomía constitucional del órgano electoral.

La Sala Superior del TEPJF resolvió por un empate de tres votos a favor y tres en contra, por lo que el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón emitió un voto de calidad que determinó la aprobación de la sentencia. Se resolvió la inaplicación del artículo transitorio, así como la confirmación de que Edmundo Jacobo debe continuar en su cargo como secretario ejecutivo.

Edmundo Jacobo presentó un escrito de desistimiento de su juicio, lo que llevó a los magistrados a considerar que se perdió la oportunidad de discutir el caso desde otra perspectiva. La magistrada Janine Otálora elaboró el proyecto de resolución, en el que se argumentó que el artículo transitorio en cuestión es inconstitucional, porque vulnera la autonomía del INE y su facultad exclusiva para nombrar al titular de la Secretaría Ejecutiva.

Según la sentencia del TEPJF, el Congreso de la Unión no tiene la facultad de determinar en una disposición transitoria la destitución del secretario ejecutivo del INE, ni puede establecer parámetros al Consejo General para hacer una nueva designación. La autonomía constitucional del INE tiene como objetivo evitar la injerencia o presión de agentes externos, o la intromisión de los poderes constituidos que pudieran poner en riesgo su operación y el cumplimiento de sus funciones.

El artículo transitorio 17 del Plan B de la Reforma Electoral, que se ha declarado inaplicable, contraviene de manera frontal la Constitución, ya que esta determina con claridad que el Consejo General del INE tiene la facultad de nombrar y, por tanto, remover al titular de la Secretaría Ejecutiva. La resolución del TEPJF es una victoria para la autonomía del INE y su capacidad para actuar de manera independiente y objetiva en el desempeño de sus funciones.

La decisión del TEPJF ha generado un amplio debate sobre el papel del Congreso de la Unión y su relación con el INE. Algunos argumentan que el Congreso tiene la responsabilidad de velar por el cumplimiento de la ley y la transparencia en la gestión de los organismos electorales, mientras que otros defienden la autonomía del INE como una garantía fundamental para la democracia y la estabilidad institucional.

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