Redacción
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez de la segunda parte del Plan B electoral impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador. Con 9 votos a favor y solo dos en contra, se argumentó que hubo graves violaciones al procedimiento legislativo. Los ministros destacaron que, al igual que en la primera parte del plan, los legisladores no tuvieron suficiente conocimiento del texto que estaban votando.
El ministro ponente, Javier Laynez Potisek, explicó que la legislación electoral recuperará su vigencia tal como estaba el 2 de marzo de 2023. Esta decisión deberá ser notificada al Congreso de la Unión y al Instituto Nacional Electoral (INE). Yasmín Esquivel, una de las ministras en contra, argumentó que el proyecto no demostró que el decreto careciera de los votos necesarios y que las deficiencias en los trabajos legislativos no deberían invalidar las votaciones mayoritarias.
Luis María Aguilar Morales respaldó la invalidez total del decreto impugnado, citando múltiples irregularidades y violaciones al procedimiento legislativo que afectaron los principios democráticos. Alberto Pérez Dayán enfatizó la importancia de respetar la Constitución y no ser deferentes cuando se viola.
Arturo Zaldívar manifestó que se debe analizar cuidadosamente el tema y votó en línea con la primera parte del Plan B.
La decisión de la SCJN invalida las reformas electorales del plan B del presidente López Obrador. La mayoría de los ministros consideró que se cometieron violaciones graves en el proceso legislativo. La ministra Esquivel Mossa expresó su preocupación por la credibilidad del tribunal al basarse en exámenes superficiales en lugar de realizar un análisis más profundo de los contenidos constitucionales.
Con este fallo, la SCJN pone fin a las reformas electorales impulsadas por el presidente López Obrador, conocidas como plan B. El proceso legislativo de aprobación de estas reformas fue declarado inválido debido a las violaciones graves encontradas durante la discusión en el pleno de la Corte.
La decisión implica que la legislación electoral recuperará su vigencia anterior y deberá notificarse al Congreso de la Unión y al INE.