domingo, septiembre 29, 2024
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Ana Yurixi, no más

*TEPJF confirma suspensión de derechos políticos de militante perredista, puede ir por otro partido.

La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la resolución que suspende los derechos políticos-electorales, por seis meses, de la perredista, Ana Yurixi Leyva Piñón, que le imposibilitará participar bajo las siglas de su partido en las elecciones del 2018.
El 7 de diciembre, el Tribunal Electoral estatal (TEEM), avaló la decisión del Partido de la Revolución Democrática (PRD) quien consideró que la entonces secretaria general del instituto político en la entidad, se extralimitó en sus funciones.
Este miércoles, el magistrado de la Sala Regional Toluca del TEPJF, Alejandro David Avante Juárez, consideró que el órgano jurisdiccional se encuentra limitado para actuar en el caso, y validó lo resuelto por el TEEM y el propio partido del Sol Azteca, semanas atrás.
“Que llevaban a la responsable, subsumidas en varios sucesos, incluso en los artículos 106 y 107 del reglamento de disciplina, que llevaban a la consecuencia de suspender los derechos del militante.
Esta circunstancia es únicamente atacada por la actora en el sentido de expresar que no se le dice por qué se afectó la imagen del partido y esta limitación que tenemos de no introducir elementos ajenos a la litis, es lo que me lleva a proponer como inoperantes los conceptos de violación que aduce la actora”, declaró.
En el mes de noviembre, la Comisión Nacional Jurisdiccional del PRD suspendió los derechos partidarios de Leyva Piñón por seis meses, al resolver que incurrió en una “conducta grave”, al realizar convocatorias a otros partidos políticos rumbo a las elecciones del siguiente año, al haber violentado sus documentos internos y afectar la imagen y unidad del Sol Azteca.
Fueron el dirigente estatal del Sol Azteca, Omar Ortega Ramírez y la militante Viridiana Fuentes quienes denunciaron a Leyva por violentar sus estatutos y generar confusión.
Al respecto, el TEEM consideró que el actuar de las autoridades responsables fue conforme a derecho, en tanto que la sanción impuesta a la hoy actora, consistente en la suspensión de sus derechos partidistas por seis meses, se encuentra plenamente justificada con base en lo establecido en la norma intrapartidaria.

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