viernes, abril 26, 2024
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Aprueban en Edoméx la «Ley Ingrid»

 

Por Lilia González

Para no dar lugar a que se pueda lucrar con la dignidad y la integridad de las víctimas, el Congreso del Estado de México aprobó por unanimidad la «Ley Ingrid», con la que se sancionará hasta con 11 años de prisión a quien filtre indebidamente información, imágenes, grabaciones y documentos de una carpeta de investigación en trámite.

Los legisladores mexiquenses aprobaron adicionar el artículo 227 Bis al Código Penal del Estado de México, estableciendo de 3 a 6 años de prisión y multa por hasta 9 mil pesos a quien audiograbe, comercialice, comparta, difunda, distribuya, entregue, exponga, envíe, filme, fotografíe, intercambie, oferte, publique, remita, reproduzca, revele, transmita o videograbe imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres o parte de ellos, que se encuentren relacionados con una investigación penal.

A la par, aprobaron incrementar la pena hasta en una mitad, si las imágenes, audios o videos son de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, alcanzando así una pena de hasta 9 años de cárcel.

También se aprobó que cuando el delito sea cometido por personal servidor público, integrante de cualquier institución de seguridad pública o de impartición o procuración de justicia, las penas previstas se incrementarán hasta en una tercera parte, pudiendo ser acreedores a 11 años de prisión.

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