domingo, diciembre 22, 2024
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Avalan convocatoria para elegir a integrantes del Consejo Ciudadano en Desaparición

Lilia González

La Comisión Legislativa para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Feminicidio y Desaparición avaló la convocatoria para elegir a cuatro integrantes del Consejo Estatal Ciudadano previsto en la Ley en materia de desaparición Forzada de personas y desaparición cometida por particulares.

La convocatoria va dirigida a familiares de personas desaparecidas, colectivos y organizaciones en derechos humanos, buscando encontrar los mejores perfiles que requiere el Consejo Estatal Ciudadano para funcionar.

En la reunión de trabajo de la comisión se indicó que el cargo será honorífico y que se designarán a tres personas que sean familiares de personas desaparecidas, una de ellas deberá proceder de la región norte, una de la suroeste y otra del oeste de la entidad.

Además el otro integrante emanará de las organizaciones de la sociedad civil de derechos humanos, debiendo tener experiencia y/o conocimiento en el tema de la desaparición de personas.

En relación a la propuesta de calendario, acordó la comisión que será el 6 de octubre cuando la convocatoria se publique, el plazo para entrega de documentos para el registro de aspirantes será del 16 al 20 de octubre y la revisión de documentos se efectuará del 23 al 25 de octubre.

Posterior a estas etapas, la presidenta de la comisión, Karina Labastida Sotelo señaló que será la Junta de Coordinación Política quien dé a conocer los nombres de quienes cumplieron con los requisitos para después iniciar la etapa de entrevistas, la selección de los perfiles idóneos y la tomar de protesta correspondiente.

Es de señalar que entre las funciones del Consejo Estatal Ciudadano, destaca: dará vista a las autoridades competentes y órganos internos de control sobre las irregularidades en las actuaciones de personas servidoras públicas relacionadas con la búsqueda e investigación de Personas Desaparecidas. Se le reconocerá interés legítimo dentro de las investigaciones para la determinación de responsabilidades de las personas servidoras públicas relacionadas con la búsqueda e investigación de Personas Desaparecidas en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

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