Redacción
El Poder Judicial del Estado de México ha culminado exitosamente la instalación de Juntas Plenarias en las cuatro regiones judiciales, marcando un hito significativo en la Tercera Época de la Jurisprudencia mexiquense. Este proceso, llevado a cabo en las regiones de Ecatepec, Texcoco, Tlalnepantla y Toluca, ha resultado en la creación de criterios fundamentales para la administración de justicia, consolidando un sistema que busca ofrecer certidumbre a la sociedad.
En cada una de estas regiones se han establecido tres juntas especializadas en áreas como Familiar, Civil-Mercantil, Penal y Justicia para Adolescentes. Integradas por magistradas y magistrados, estas juntas tienen la capacidad de generar criterios vinculantes para su región o, en caso de aprobación por el Tribunal Pleno, para todo el Estado. Este enfoque descentralizado busca agilizar los procesos judiciales y adaptar las decisiones a las realidades específicas de cada región.
La Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, aprobada el 6 de octubre de 2022, introdujo cambios significativos para fortalecer el sistema judicial. Entre ellos se incluye la reducción a tres del número de sentencias requeridas para establecer jurisprudencia por reiteración, la introducción de la jurisprudencia por precedentes, el cambio de «contradicción de tesis» a «contradicción de criterios», la obligatoriedad de argumentar interrupciones en la jurisprudencia, y la creación de la Coordinación de Compilación y Sistematización.
Encabezada por Ricardo Sepúlveda Iguíniz, la Coordinación tiene la responsabilidad de recopilar y publicar los criterios de cada junta, así como establecer parámetros para su formación, registro y revisión. Este proceso incluye aspectos cruciales como hechos, criterio jurídico y justificación, contribuyendo a la transparencia y coherencia del sistema.
Un ejemplo destacado es la introducción del precedente por consideración, que permite a las partes invocar criterios durante un juicio. En caso de no ser adoptados, el juez debe argumentar su decisión, que a su vez es sujeta a apelación. Este enfoque fortalece la jurisprudencia como una herramienta esencial para las partes involucradas en litigios, brindando mayor claridad y predictibilidad al proceso judicial.
Durante la inauguración de las Juntas Plenarias, Sepúlveda Iguíniz resaltó su importancia como mecanismos para articular los procesos de formación y formalización de la jurisprudencia, destacando la relevancia de considerar las instancias para su emisión.