viernes, noviembre 22, 2024
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Emiten lineamientos para el Fondo de Reparación del Daño

Lilia González

Con una bolsa de 15 millones de pesos, se han emitido los lineamientos para el funcionamiento del fondo de reparación del daño para el 2023, el cual estará siendo operado por la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, a través del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México.

Se establece que el objeto de este fondo es otorgar apoyos de manera gratuita a aquellas personas privadas de la libertad que estén sujetas al pago de un monto por concepto de reparación de daño a la víctima de uno o varios delitos.

Si bien, va encaminada a beneficiar a PPL, se estable que sólo serán acreedores al apoyo quienes no cuenten con los recursos necesarios para efectuar el pago de la reparación de daño o bien, que no cuenten con red de apoyo familiar.

“Para efectos de acreditar la carencia de recursos económicos o de apoyo familiar, el Instituto se apoyará del Área de Trabajo Social para realizar los estudios socioeconómicos necesarios para acreditar tales circunstancias. El procedimiento inicia con la solicitud que alguna persona privada de su libertad, presente junto con su representante legal ante alguna persona titular de las Direcciones Regionales del Instituto y que se encuentre en los supuestos previstos en estos Lineamientos”, se indica.

El Fondo, se indica, será aplicable únicamente para el pago de reparación de daño a víctimas de uno o varios delitos, y cuyo pago no podrá exceder los 300 mil pesos, además, se acentúa que no serán objeto de los beneficios los reclusos que hayan sido sentenciadas por delitos que atentan contra la libertad sexual, trata de personas, contra menores de edad, delincuencia organizada, secuestro, desaparición forzada, privación de libertad y feminicidio.

“El Fondo se otorga de manera gratuita para el pago de la reparación del daño, a personas privadas de la libertad que deben cubrirlo a la víctima, con el objeto de obtener conforme a la Ley Nacional de Ejecución Penal, un beneficio de prelibertad, de libertad anticipada, de amnistía, de libertad condicionada, de un procedimiento abreviado, de una remisión parcial de la pena, o de un sustitutivo de la pena”, se indica.

Cabe hacer mención que, la reparación del daño es la pena pecuniaria impuesta a la persona que cometió un delito en agravio de otra, quien recibe el pago de una cantidad fijada por la autoridad jurisdiccional, que pretende de manera justa compensar o resarcir los perjuicios ocasionados por la comisión del delito.

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