Almoloya de Juárez-Henry Eduardo Bastida Martínez, fue sentenciado a 95 años de prisión tras quedar acreditada su intervención en el delito de secuestro.
De acuerdo con la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) el pasado 15 de noviembre de 2021, el ahora sentenciado en complicidad con otros individuos, privaron de la libertad a la víctima en la comunidad de El Estanco, en el municipio de Almoloya de Juárez.
Los implicados trasladaron a esta persona a otro punto de la zona donde la mantuvieron cautiva, en tanto que posteriormente realizaron llamadas telefónicas a su familia, a quien exigieron una suma económica a cambio de liberarla.
Estos hechos fueron denunciados ante la Fiscalía mexiquense, la cual dio inició a la indagatoria respectiva por los hechos. A la familia le fue dispuesto personal especializado, en tanto que Agentes de la Policía de Investigación (PDI) llevaron a cabo diligencias de gabinete y campo para ubicar a la víctima, así como identificar al o los responsables.
En operativo realizado en la carretera Toluca-Amanalco, en la comunidad El Estanco del municipio referido, fue posible la detención de dos individuos, en tanto que Henrry Eduardo Bastida Martínez huyó a bordo de una camioneta en la que se llevó el dinero en efectivo producto del pago del rescate.
Lamentablemente, el día 22 de noviembre de 2021, fue hallada sin vida la víctima en un paraje conocido como Loma Blanca, en el municipio de Almoloya de Juárez.
Esta Fiscalía mexiquense continuó con las labores de investigación por este secuestro agravado. Derivado de las indagatorias fue posible ubicar y detener a este individuo en el mes de diciembre de 2022 en el municipio de Metepec, por lo que fue ingresado al Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Almoloya de Juárez.
Con las pruebas recabadas, aportadas y expuestas por el Ministerio Público, la Autoridad Judicial le dictó esta sentencia de condena, además le fijó multa de 1 millón 344 mil 300 pesos, 500 mil pesos como reparación del daño material y 448 mil 100 pesos como reparación del daño moral, así como 187 mil pesos por concepto de daño psicológico en agravio de los ofendidos.