Rafael Rodríguez
La tarde de este martes, la Cámara de Diputados aprobó una reforma al artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, a fin de que los recursos abandonados en instituciones bancarias se destinen a seguridad pública.
Esta nueva reforma explica que los recursos, así como los intereses y rendimientos acumulados, generados por todos los depósitos e inversiones en la cuenta global con excepción de aquellos previamente destinados a la beneficencia pública, prescribirán en favor de la seguridad pública y se deberán destinar para las políticas y acciones de combate a la delincuencia en los porcentajes que para tal efecto se establezcan.
También, menciona que los depósitos e inversiones y sus intereses, sin movimiento en el transcurso de tres años contados a partir de que estos últimos se depositen en la cuenta global, cuyo importe no exceda por cuenta, al equivalente a 540 Unidades de Medida y Actualización en la Ciudad de México (más de 50 mil pesos), prescribirán en favor del patrimonio de la beneficencia pública.
Las instituciones estarán obligadas a entregar los recursos correspondientes tanto a la beneficencia pública como a la dependencia responsable de la seguridad pública, dentro de un plazo máximo de quince días contados a partir del 31 de diciembre del año en que se cumpla el supuesto previsto en este párrafo.
El documento fue avalado en lo general, con 483 votos a favor, cero en contra y una abstención y, en lo particular, con 366 votos a favor, 102 en contra y cero abstenciones.
Además, el Sistema Nacional de Seguridad Pública, a través de su Consejo Nacional, deberá instrumentar los mecanismos de coordinación, así como los convenios y acuerdos idóneos, con las instituciones que conforman el sistema bancario, así como con sus órganos reguladores, a fin de estar en posibilidades de realizar el traslado de los recursos financieros a que se hace referencia, en un plazo que no exceda los 180 días a partir de la entrada en vigor de esta modificación y sean integrados al presupuesto de la dependencia responsable de la seguridad pública.
Por su parte, el Sistema Nacional de Seguridad Pública deberá establecer de manera anual los mecanismos de distribución de los recursos, atendiendo las necesidades y prioridades establecidas en los correspondientes instrumentos, así como en la legislación correspondiente, el cual deberá establecer un porcentaje de 50 por ciento para la Federación, un 30 por ciento para las entidades federativas y un 20 por ciento para los municipios del país y alcaldías de la Ciudad de México.
Subraya que los recursos financieros a los que se hace referencia en el presente decreto, al formar parte del presupuesto, serán objeto de fiscalización y revisión de la Cuenta Pública.
La iniciativa, que fue presentada por el diputado Moisés Ignacio Mier Velazco (Morena) y suscrita por la diputada Juanita Guerra Mena (Morena), se consideró de urgente resolución, se le dispensaron todos los trámites, se sometió a discusión y votación de inmediato, y se canalizó al Senado de la República.