Redacción
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) recibió la orden de compensar a una pareja por la pérdida de su recién nacido en 2015. El incidente ocurrió en el Hospital General Regional 1 de Culiacán, Sinaloa, y se atribuyó a la negligencia médica y la falta de higiene en el hospital. La indemnización a pagar por el IMSS supera los cinco millones de pesos.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) llegó a esta conclusión de forma unánime. Según los informes y recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el fallecimiento del recién nacido se produjo a raíz de bacterias o agentes patógenos no detectados a tiempo.
La sentencia sostuvo que la falta de un hemocultivo que hubiera revelado las bacterias presentes en el niño resultó en la falta de tratamiento médico adecuado. Este tratamiento podría haber salvado su vida.
Luz María Anaya Domínguez, magistrada encargada de presentar el caso ante el pleno de la Sala Superior, enfatizó que el análisis del expediente se realizó teniendo en cuenta el principio del interés superior del niño.
El fallo respaldó la impugnación presentada por los padres del infante. Ellos habían objetado la decisión de la Coordinación de Asuntos Contenciosos de la Dirección Jurídica del IMSS, que inicialmente decidió no imponer ninguna obligación de indemnización al instituto por daño patrimonial y moral.
El análisis del caso consideró la recomendación 61/2018 de la CNDH. Este documento señaló un brote de infección nosocomial en el Hospital General Regional 1 del IMSS en Culiacán, Sinaloa, desde el 31 de agosto hasta el 21 de septiembre de 2015. El infante, que falleció el 9 de septiembre de 2015, se encontraba en el hospital durante el brote.
Además, la recomendación señaló que hubo otras muertes consecutivas en la misma unidad durante ese periodo. Los recién nacidos que perdieron la vida tenían causas de muerte similares a las de otros bebés que estaban en el mismo servicio.