Redacción
En redes sociales circuló una lista en la que se mencionaban diversos alimentos que, supuestamente, podían ser ingresados a las salas de cine sin restricciones, incluso si no fueron adquiridos en las dulcerías de estos establecimientos. Ante la difusión de esta información, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) negó su autenticidad y emitió una aclaración.
A través de un comunicado, la Profeco aseguró que no ha publicado ni validado ninguna lista de productos permitidos en cines. Además, reiteró que la información que circula en plataformas digitales y algunos medios de comunicación no proviene de sus canales oficiales.
Si bien la ley establece que ningún proveedor puede obligar a los consumidores a comprar exclusivamente en sus instalaciones, las condiciones de cada establecimiento pueden incluir restricciones sobre el ingreso con productos externos. De acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor, al momento de adquirir un boleto, los asistentes aceptan los términos y condiciones del servicio, lo que implica que, si una empresa especifica en su reglamento que no se permite el ingreso de alimentos ajenos al establecimiento, la medida es válida.
No obstante, la revisión obligatoria de pertenencias por parte del personal del cine no está permitida, ya que los consumidores no están obligados a mostrar el contenido de mochilas o paquetes sin su consentimiento.
Con esta aclaración, la Profeco busca evitar la difusión de información incorrecta y recordar a los consumidores sus derechos y obligaciones al asistir a estos establecimientos.