Redacción
En respuesta a las dificultades experimentadas por muchos contribuyentes para activar su Buzón Tributario antes del 31 de diciembre de 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha otorgado una prórroga para llevar a cabo esta activación.
El Buzón Tributario, un sistema electrónico en el sitio web del SAT, es fundamental para la comunicación entre la entidad fiscal y los contribuyentes. Aquellos que no hayan completado este proceso pueden hacerlo siguiendo una serie de pasos simples proporcionados por la autoridad tributaria.
El SAT ha destacado que el incumplimiento en la activación del Buzón Tributario puede resultar en multas conforme al Código Fiscal de la Federación (CFF), que oscilan entre los 3 mil 400 y los 10 mil 260 pesos. La nueva fecha límite para cumplir con este requisito es el 31 de diciembre de 2024, según lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
En otro aspecto, respecto a la Carta Porte, el SAT también ha extendido el plazo para la transición a la versión 3.0. Aunque se esperaba que el periodo de convivencia entre las versiones 2.0 y 3.0 concluyera el 31 de diciembre de 2023, los contribuyentes podrán continuar emitiendo facturas en la versión 2.0 hasta el 31 de marzo de 2024. Cabe mencionar que, desde el 1 de enero de 2022, el complemento Carta Porte es obligatorio y ampara el traslado de bienes y mercancías en territorio nacional.
Las multas y sanciones relacionadas con la no emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con complemento Carta Porte, que estaban exentas hasta el 31 de diciembre de 2023, ya no aplican. Los contribuyentes tienen la opción de generar sus facturas electrónicas con complemento Carta Porte utilizando los servicios gratuitos del SAT o mediante Proveedores Autorizados de Certificación.