Redacción
La Suprema Corte de México ha tomado una decisión histórica al despenalizar el aborto en Aguascalientes, sumándose a otras 11 entidades donde esta práctica ya no es penalizada.
La Primera Sala de la Suprema Corte ordenó al Congreso estatal revocar los artículos del Código Penal local que castigan el aborto. La decisión surgió de un amparo presentado por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) y otras organizaciones civiles.
Esta resolución no solo despenaliza el aborto autoprocurado y consentido, sino que también impide la criminalización de mujeres, personas con capacidad de gestar y personal de salud por este motivo.
La Primera Sala basó su decisión en un proyecto elaborado por el ministro González Alcántara Carrancá. El proyecto propuso eliminar los artículos 101, 102 y 103 del Código Penal estatal, además de facilitar el acceso al aborto en casos de riesgo a la vida y violación.
La Primera Sala concluyó, con cuatro votos a favor y uno en contra, que estos artículos del Código Penal eran contrarios a los derechos humanos de las mujeres y personas gestantes.
Esta decisión no solo impacta en Aguascalientes, sino que también establece un precedente legal para jueces locales y federales en todo el país. La estrategia jurídica liderada por GIRE y otras agrupaciones ha impulsado la presentación de amparos similares en varias entidades y contra el Código Penal federal.
La despenalización del aborto en Aguascalientes es un avance en los derechos reproductivos en México y refleja un cambio en la perspectiva hacia el acceso a la salud y la autonomía de las mujeres y personas gestantes.