miércoles, diciembre 25, 2024
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Proteger derechos humanos, prioridad

  • Aprobaron convocatoria para designar a defensor municipal en Tlalnepantla.

 

    El Cabildo de Tlalnepantla aprobó por unanimidad abrir la convocatoria para designar al defensor de Derechos Humanos de Tlalnepantla de Baz, que tiene como principal objetivo proteger derechos fundamentales del individuo en una sociedad, a través de una constante observación a la actividad de la autoridad administrativa; dicha figura encuentra su nacimiento, atribuciones y competencia en la ley.

Desde hace más de dos décadas los derechos humanos se han desarrollado de forma dinámica en la sociedad, siendo aceptados, reconocidos y respetados, constituyéndose incluso como una aspiración permanente.

En el caso del Estado de México, la designación del defensor Municipal corre a cargo del Ayuntamiento mediante acuerdo y tomando en cuenta una terna que le envía la Comisión Estatal, previa emisión de una convocatoria pública mediante la cual se proponen personas para el cargo, el cual durará en su encomienda tres años contados a partir de su designación.

Podrán participar todos los ciudadanos mexicanos residentes en Tlalnepantla de Baz, en pleno goce y ejercicio de sus derechos políticos y civiles, que tengan residencia en el municipio de al menos tres años, con estudios preferentemente de licenciatura y experiencia o estudios en derechos humanos ser mayor de 23 años de edad al momento de su designación.

Asimismo, los aspirantes deberán contar con buena fama pública y no haber sido condenados por sentencia ejecutoria por delito intencional, ni haber sido sancionado en el desempeño de empleo, cargo o comisión en los servicios públicos federal, estatal o municipal con motivo de alguna recomendación emitida por organismos públicos de derechos humanos. Además los aspirantes a defensor de Derechos Humanos de Tlalnepantla de Baz, no deben haber sido objeto de sanción de inhabilitación o destitución administrativa para el desempeño de empleo, cargo o comisión en el servicio público, mediante resolución que haya causado estado, y acreditar plenamente estos requisitos con la documentación oficial en original y copia.

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