Por Lilia González
Del 5 de septiembre de 2020 al 30 de julio del presente año, la LX Legislatura aprobó 258 iniciativas de ley o decreto y 214 puntos de acuerdo, siendo el Grupo Parlamentario de Morena y Acción Nacional los más productivos.
De acuerdo con lo contenido en el Tercer Informe de Trabajo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), fueron 716 iniciativas y puntos de acuerdo los que fueron presentados al Pleno por los diversos grupos parlamentarios o las y los diputados sin partido, el titular del Ejecutivo estatal, el Poder Judicial, los integrantes de los ayuntamientos, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem), así como por la ciudadanía; de ellas, se indica que fueron aprobadas 258, y fueron expedidos 98 decretos.
Conforme a la estadística reflejada, Morena presentó 169 iniciativas o puntos de acuerdo, siendo la bancada más productiva, seguida por el PAN, que presentó 90; PRI, 55; PRD, 46; 38 del PVEM; PES, 6, y los diputados sin partido 8.
De manera adicional, se indica que 10 iniciativas fueron presentadas por la Jucopo; 24 por el Ejecutivo; 8 por el Poder Judicial del Estado de México; 153 por los ayuntamientos y 38 por la ciudadanía.
Leyes trascendentales
Entre las leyes aprobadas se encuentra la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, misma que incluye la creación del Fondo Estatal de Desaparición, la integración del Consejo Estatal Ciudadano por familiares de personas desaparecidas y especialistas, y el Mecanismo Estatal de Coordinación en Materia de Investigación y Búsqueda de Personas; elimina el concepto de «persona no localizada».
La Ley de Amnistía del Estado de México, que beneficia a personas imputadas por los delitos de aborto, contra la salud en determinadas modalidades y condiciones, indígenas y campesinos, mujeres que hayan ejercido legítima defensa, sedición, resistencia y delitos culposos, y establece que no se concederá amnistía en delitos que atenten contra la vida, la libertad o la integridad personal, ni aplicará para reincidentes o habituales.
De igual manera, la Ley para la Protección Integral a Periodistas y Defensores de los Derechos Humanos, con la que se reconoce a la actividad periodística como de interés público, tutelada y protegida por el Estado y los municipios, crea un Mecanismo de Protección Integral y establece una pena máxima de 25 años de prisión en contra de quien asesine a una persona en ejercicio de la actividad periodística o defensora de derechos humanos.
Otras aprobadas son la Ley de Identidad de Género, para facilitar la rectificación del acta de nacimiento, de tal manera que corresponda con la identidad de género de la persona; Ley Ingrid, que establece penas de 3 a 6 años de cárcel, con posibilidad de elevarlas hasta en 11 años cuando se acumulen diversas agravantes, a quien audiograbe, comercialice, comparta, difunda, exponga, envíe, fotografíe, reproduzca, transmita o videograbe imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres que se encuentren bajo resguardo de una investigación; tipificación de la pederastía, sancionando hasta con 27 años de cárcel a quien la cometa; la eliminación del Dictamen Único de Factibilidad (DUF) y su suplencia por el Dictamen de Giro; así como el que las copias certificadas de actas de nacimiento no tengan vigencia, entre otras.