jueves, abril 18, 2024
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Gurza Curiel, titular de Unidad de Fiscalización

*Constituye el mayor desafío técnico y operativo del INE.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad la propuesta del consejero presidente Lorenzo Córdova Vianello, para que Eduardo Gurza Curiel sea el nuevo titular de la Unidad Técnica de Fiscalización. Durante una sesión extraordinaria urgente en la que se reincorporaron al Consejo General cuatro de los siete partidos que se levantaron de la mesa el 18 de febrero, los integrantes del Consejo General dieron la bienvenida a Gurza y le desearon éxito en su nueva tarea.
Además, Gurza Curiel se desempeñará como Secretario Técnico de la Comisión de Fiscalización.
Al respecto, Lorenzo Córdova mencionó que la instrumentación del nuevo modelo de fiscalización derivado de la reforma electoral de 2014, constituye el mayor desafío técnico y operativo del INE, y señaló que los conocimientos y experiencia de Eduardo Gurza le permitirán al INE consolidar el modelo de fiscalización que el Instituto diseña y ejecuta.
El consejero presidente y los consejeros electorales agradecieron la colaboración de quien, hasta el pasado 28 de febrero, se desempeñó como encargado del despacho de la Unidad Técnica de Fiscalización, Alfredo Cristalinas.
El presidente de la Comisión de Fiscalización, Benito Nacif, reconoció la labor de Alfredo Cristalinas como secretario Técnico de la Comisión, y señaló que con la designación del nuevo titular, la Unidad de Fiscalización del INE se refuerza.
Asimismo, el pleno aprobó ejercer su facultad de atracción y emitió criterios generales para la interpretación del alcance de los comprobantes fiscales digitales por internet respecto del otorgamiento del financiamiento público local en los estados de Aguascalientes y Tlaxcala.
El criterio emitido establece que los partidos políticos no tienen obligación de expedir un Comprobante Fiscal Digital por internet y para comprobar la recepción de sus prerrogativas basta con la expedición de un recibo firmado por el encargado de finanzas del instituto político de que se trate; ya que los partidos políticos no son proveedores de bienes o servicios que tengan como propósito obtener una ganancia respecto de las actividades que realizan.
También el Consejo General ejerció su facultad de atracción para emitir un criterio de interpretación, en el cual se establece que los aspirantes y candidatos independientes en el Distrito Federal, Nuevo León y Querétaro, deben constituir una Asociación Civil, con la finalidad de que el INE pueda cumplir con su facultad constitucional de fiscalizar sus ingresos y egresos, y diferenciarlos de sus operaciones financieras personales.
El requisito aprobado tiene como finalidad facilitar la rendición de cuentas de candidatas y candidatos independientes y la adecuada fiscalización de los recursos económicos que éstos utilicen durante las diversas etapas del proceso electoral.
Respecto al ejercicio de la facultad de atracción y emisión de criterios que ejerció el INE durante la sesión, el consejero electoral Benito Nacif, señaló que el objetivo en ambos casos es armonizar las leyes locales con la legislación federal, ya que existen contradicciones entre ambas.
Durante la sesión, las consejeras y consejeros electorales, en acatamiento a una sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, modificaron el acuerdo por el que se determinan los gastos que se considerarán como de precampañas y para la obtención del apoyo ciudadano; así como la clasificación de ingresos y gastos, de los procesos electorales Federal y locales 2014-2015.
El acuerdo aprobado establece como gastos de precampaña y para la obtención de apoyo ciudadano de los candidatos independientes los siguientes: propaganda (bardas, mantas, volantes, pancartas, equipos de sonido y eventos); operativos (sueldos y salarios del personal eventual, arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, entre otros); propaganda en diarios, revistas y otros medios impresos; gastos de producción de los mensajes para radio y televisión; y los realizados en anuncios espectaculares, salas de cine e internet.

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