REDACCIÓN
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que desde el pasado 8 de enero es posible emitir facturas en las que se aplique el estímulo de reducción del IVA a 50 por ciento, a una tasa de 8.0 por ciento desde la previa de 16 por ciento, una vez presentado el aviso correspondiente por parte de los contribuyentes.
El organismo recaudador se refirió así al estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado (IVA), contenido en el decreto de estímulos fiscales de la región fronteriza norte.
El pasado 7 de enero se publicó en el portal del SAT la versión anticipada de las reglas que regulan la aplicación del decreto, incluso lo que respecta a la facturación, que considera la aplicación del estímulo para la reducción del IVA al 50 por ciento.
Desde esta fecha, indicó el SAT, los proveedores de certificación cuentan con los listados para validar que los contribuyentes emisores estén habilitados para facturar con una tasa de 8.0 por ciento.
De igual manera, el servicio gratuito de generación de factura y la aplicación Factura Fácil, ofrecidos por el SAT, están disponibles para que los contribuyentes a quienes aplique este supuesto puedan facturar.
Destacó que la disminución en el precio de los productos, al aplicar el estímulo de reducción del IVA, otorgará mayor disponibilidad de ingresos a las familias de la frontera, permitiéndoles mayor capacidad de consumo.
Este conjunto de acciones permitirá el desarrollo de la economía en esa región, añadió el SAT en un comunicado.